Tipo de cotización
Es un porcentaje
establecido anualmente por el Gobierno que deben abonar el trabajador y la
empresa a la Seguridad Social en concepto de las prestaciones ofrecidas por
esta entidad.
Abonar estos porcentajes da derecho
a la asistencia sanitaria en la sanidad pública y a prestaciones como las
de jubilación, desempleo o baja por enfermedad.
El tipo de cotización
establecido para el año 2007 y las aportaciones por otros conceptos
obligatorias para todos los trabajadores son:
·
Contingencias comunes: 4,7%.
·
Por desempleo: 1,55% para los trabajadores en
general y 1,60% para los trabajadores que tengan contrato temporal.
·
Formación profesional: 0,10%.
Otro tipo de cotización
adicional que afecta a los trabajadores cuando corresponda es el relacionado
con las horas extraordinarias:
· Horas
extra: 4,70 %.
· Horas
extra por fuerza mayor: 2%.
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