Régimen Especial de los
Trabajadores del Mar
Se
incluyen en este Régimen todos los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta
propia que realizan actividades pesqueras, marítimas o íntimamente relacionadas
con éstas.
Las
inscripciones de estos trabajadores deben realizarse en las oficinas
correspondientes del Instituto Social de Marina (ISM). El alta de
los trabajadores es obligatoria y debe realizarse en los 6 días anteriores al
inicio de la actividad.
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