Organismos empresariales
Además de estos órganos estatales, dentro de las propias
empresas deben existir equipos de ayuda y organización de prevención de riesgos
laborales. Estos pueden estar constituidos por trabajadores de la empresa,
organizaciones ajenas a ésta o por el propio empresario cuando la empresa tenga
menos de 6 trabajadores.
Los
Delegados de Prevención son los encargados de representar a los
trabajadores dentro de la empresa en lo relativo a los asuntos de seguridad
laboral. Además en las empresas con más de 50 trabajadores será obligatoria la
constitución de un Comité de Seguridad y Salud.
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