Este
Estatuto está dirigido a los trabajadores autónomos o por cuenta propia.
Éstos son los que realizan una actividad laboral de forma independiente sin
estar prestando servicios como asalariados para otras personas.
En
el nuevo estatuto se incluyen también como autónomos los familiares que
trabajen de forma habitual en la misma actividad y no tengan otro trabajado
remunerado.
Se
recogen también en el texto los derechos y deberes de los trabajadores
autónomos. Entre los primeros se mencionan el derecho a la intimidad, a la no
discriminación y a recibir las prestaciones económicas que le correspondan.
|