Consejo del Trabajo
Autónomo
En
el Estatuto se regula la creación de un nuevo órgano destinado a velar por los
intereses de estos trabajadores, vigilar el cumplimiento de las políticas,
realizar estudios sobre el efecto de las medidas legales propuestas y proponer
las medidas políticas convenientes.
Estará
formado por miembros de asociaciones representativas de este sector. El presidente
del Consejo el Secretario General de Empleo. Se podrá crear un Consejo en la
Comunidad Autónoma.
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