Circunstancias
La
tramitación de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE)
sólo se puede iniciar si concurren las siguientes circunstancias:
·
Muerte del empresario o
desaparición de la personalidad jurídica de la empresa.
·
Despido colectivo o
suspensión de la relación laboral por causas de fuerza mayor, es
decir, circunstancias no previstas que impiden el desarrollo normal de la
actividad como un incendio.
·
Despido colectivo o
suspensión basado en causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción,
cuando el fin sea mejorar la viabilidad de la empresa o ésta sea
imposible.
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